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martes, 15 de julio de 2008

Paradojas de la política

En el país estamos viviendo el colmo de las paradojas de la política.
¿El Presidente y el Vicepresidente de la República, que se consideran los hombres más valientes de Bolivia por someterse al referéndum revocatorio y que tiemblan como una hoja levantada por el viento ante la regla democrática de la mitad más uno (50% + 1) de los votos válidos emitidos, principio de aceptación y vigencia universal, acaso no le reclamaban a la oposición en la Asamblea Constituyente la sumisión de las mayorías a las minorías al haberse dejado de lado la regla de la mayoría absoluta de votos para adoptar sus decisiones?
Los prefectos de la llamada Media Luna son los primeros en violar sus estatutos autonómicos al desconocer su calidad de gobernadores sometiéndose a un referéndum revocatorio convocado para el cargo de prefectos. ¿Acaso no están vigentes, mediante el voto popular en esos departamentos, cuatro estatutos autonómicos que han archivado en el museo de las reliquias antiguas el cargo de prefectos? Parece que la autonomía de facto al margen de una Constitución que la reconozca no es tan fácil de ser aplicada e implementada.
Los senadores de Podemos resucitaron una ley de referéndum revocatorio redactada por el MAS con el propósito de que nunca sea sancionada por sus contenidos ridículos y aberrantes, y ahora, una vez vigente, quieren corregir sus vicios y defectos, cuando esto debieron hacerlo en el momento de su sanción. Después de que sale el burro del corral, tranca la puerta.
El Prefecto de Cochabamba, promotor e impulsor del referéndum revocatorio, ahora que está en la cuerda floja con la votación del 10 de agosto, recién se da cuenta de que la revocatoria de mandato es inconstitucional porque no está prevista en la actual Constitución. ¿Cuando él promovió esta figura, acaso estaba incluida en la actual Constitución?
Estos ejemplos demuestran el nivel de la cultura política en nuestro país. Seguimos siendo tan mediocres y tradicionales que mientras no cambiemos estos hábitos y actitudes, no habrá esperanza para salir del atraso y el subdesarrollo.
A diferencia de los estatutos autonómicos que están fuera del actual sistema constitucional (este tipo de norma no está reconocida en la Constitución vigente) y que por esta razón ni siquiera gozan de presunción de constitucionalidad, la ley del referéndum revocatorio, mientras el Tribunal Constitucional no la abrogue, goza de presunción de constitucionalidad y tiene que ser cumplida por ciudadanos y autoridades.
Este deber de cumplimiento de esta ley no deja de lado la urgente necesidad de un cambio en sus contenidos inicuos y aberrantes para darle claridad, certeza y justicia. Preguntas iguales para presidente y prefectos; porcentajes iguales (50% + 1) para presidente y prefectos; efectos iguales para presidente y prefectos (ambos se quedan en el cargo hasta que asuman sus reemplazantes electos o ninguno de ellos). Respetemos al soberano, estamos a tiempo para hacer estas modificaciones.
*Carlos Alarcón es abogado constitucionalista.

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