Este blog ha sido creado para que los paceños nos quitemos el estigma de que somos masistas. LA PAZ NO APOYA AL MAS, La Paz no apoya los afanes totalitarios del gobierno de Evo Morales. Bienvenidos los nuevos lectores: LA PAGINA SE ACTUALIZA DIARIAMENTE

sábado, 19 de julio de 2008


Argentina, ejemplo del voto moral

Ha dado la vuelta al mundo el espectáculo generado en el Senado argentino la madrugada del jueves 17 de julio, momento crucial durante el cual el vicepresidente de la República Argentina, Julio César Cobos, al encontrarse empatada la votación de la aprobación de las retenciones móviles (impuestos a la exportación) al agro rioplatense, optó por algo ya casi desconocido en estas épocas: un voto moral y de conciencia que rompió dicho empate. Este crucial y decisivo voto, al ser negativo, tiró abajo las esperanzas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner de lograr hacer aprobar en el Congreso su controvertido proyecto que tuvo a su país en vilo a lo largo de cuatro meses. Aunque es difícil predecir lo que sucederá en los próximos días, es un hecho que esa decisión de Cobos trajo paz a una Argentina enfrentada; ahora queda margen para curar heridas, procurar una tregua y mirar al futuro. Lo rescatable es la valentía de un vicepresidente —aliado y miembro del Gobierno de la Kirchner— que optó por lo que pensó era mejor para pacificar un país dividido, sin seguir la práctica habitual del “levantamanos” obsequioso con sus mandantes. Y la cosa no era fácil. Muy al estilo de los tristes ejemplos de Bolivia, en las afueras del Congreso argentino una turba pagada por el kirchnerismo hacía “vigilia” y amenazaba —con gritos e improperios— a los parlamentarios. Tales escenas ya son bastante familiares en Bolivia, donde los “cercos” al Congreso suman y siguen, con la abierta complicidad del oficialismo. En Bolivia hace rato que no se vota con la conciencia ni con la ética, mucho menos con la valentía del que asume el hecho pensando en el interés nacional y que, equivocado o certero, asume individualmente esa responsabilidad. No, acá lamentablemente se acostumbraron al voto servil, a seguir fielmente las instrucciones del “jefazo” de turno. Total, de lo que se trata es de mantener la “pega” y quedar bien, ni la conciencia ni el país importan mucho. Vale la pena destacar el ejemplo del Vicepresidente argentino. Señala que no es tarde en esta América Latina —hoy llena de formalismos democráticos que muchas veces tienen poca sustancia— para que retomemos el sano camino del coraje para servir, del auténtico coraje para el poder, pero entendido este poder no como la capacidad caprichosa de imponer una voluntad, sino como el medio para lograr fines superiores de beneficio colectivo. Ojalá acá los políticos en el poder —y en la oposición— asimilen esta singular lección y la apliquen cuando corresponda. Así lo esperamos. Así, creemos, lo espera todo el pueblo boliviano, hastiado ya de tanto servilismo y de tan poca conciencia en las votaciones congresales o constituyentes.

Editorial El País: Cristina fracasa

La presidenta argentina ha perdido estrepitosamente una batalla política en la que estaba empeñada con todas sus fuerzas desde marzo. Con el agravante de que el artífice del rechazo por el Senado de la ley que aumenta drásticamente los impuestos a las exportaciones de soja ha sido un teórico aliado, el presidente de la Cámara y vicepresidente del Gobierno, Julio Cobos, un disidente del partido Radical al que Cristina Fernández incorporó de mala gana a su candidatura electoral el año pasado para demostrar que podía convivir con antiguos rivales políticos. La derrota de la presidenta, que ayer derogó la controvertida ley, no sólo deja su credibilidad en ruinas; evidencia también diferencias profundas en el peronismo gobernante que presagian su ruptura.
Fernández, con el crucial apoyo de su marido y jefe del peronismo, el ex presidente Néstor Kirchner, ha empleado los últimos cuatro meses en una batalla sin cuartel contra los agricultores. Su decisión de aumentar las tasas de exportación de la soja -de la que el país, destacadísimo productor, obtiene casi el 25% del total de sus ingresos- sublevó al campo argentino, espina dorsal de la economía, que con nutrido apoyo ciudadano se embarcó en una campaña masiva de protestas y huelgas. Argentina se ha convertido en escenario privilegiado de manifestaciones y contramanifestaciones. En las organizadas por el peronismo en la bonaerense plaza de Mayo, Fernández y Kirchner, en discursos de alto voltaje demagógico, han ido tan lejos como para acusar repetidamente a los cultivadores de querer derribar al Gobierno con procedimientos similares a los escuadrones de la muerte en los años de la dictadura.
Los argentinos no ven con buenos ojos el autoritarismo y la arrogancia desplegados por su presidenta, demasiado aficionada a gobernar por decreto. Su popularidad ha caído de casi el 60% al 20% en menos de seis meses. Lo más inquietante para Cristina Fernández, sin embargo, es que las votaciones del Senado, tras las relativamente cómodas de los diputados, han puesto de manifiesto un torrente de defecciones peronistas: 11 senadores, alineados con los agricultores, se pronunciaron en contra del Gobierno. El carácter progresivamente asertivo de un Parlamento marginado, unido a la ruptura pública con el Ejecutivo de prominentes gobernadores y ex gobernadores provinciales, anticipa una escisión del peronismo capitaneado por Kirchner, en cuyo estilo político la disidencia ha sido siempre equivalente a una traición.
Fernández tiene por delante tres años y medio de mandato, demasiado tiempo para hacerle ya funerales políticos. Pero la líder argentina hizo campaña electoral acentuando su supuesta condición de moderada, demócrata y partidaria de los acuerdos. La realidad la ha desmentido rotundamente. Tendrá que comenzar a gobernar con el estilo que le hizo obtener la confianza de sus compatriotas si quiere salvar su presidencia.
Fuente:
http://www.elpais.com/articulo/opinion/Cristina/fracasa/elpepiopi/20080719elpepiopi_1/Tes

Las diferencias entre Julio Cobos y Alvaro García Lineras

Los dos unos ilustres desconocidos que llegaron a ser Vicepresidentes de Argentina y Bolivia, la imagen y carisma de sus candidatos a la Presidencia Cristina y Evo los convirtieron en simples apéndices que no aportaron un solo voto a sus fórmulas. Julio Cobos de profesión ingeniero ex-gobernador de una Provincia, enemigo de protocolo muy cercano al perfil bajo, reniega de la escolta, de pocas palabras. Álvaro García dicen que es matemático, un pasado poco festivo y no agradable para recordarlo, muy apegado a lo mediático y amante de la seguridad, cuenta con una nutrida escolta y demagogo por excelencia, la diferencia entre ellos es que Julio Cobos actúa por Conciencia y Álvaro García actúa por obsecuencia. Julio Cobos en su condición de Vicepresidente es el Presidente nato de la cámara de Senadores de Argentina que debía tratar la ley de las retenciones móviles de la exportación de productos agropecuarios que desató una protesta de varios meses de los agropecuarios que rechazaban la medida logrando dividir el país los unos con el campo y los otros con la demagogias de los políticos, cuando llega el proyecto de la resolución 125 al Congreso se da un inédito empate el cual debe definir la balanza , todos aseguraban que Cobos actuaría a favor de quien lo hizo Vicepresidente de Argentina y éste señaló una frase que no es más que un condensado a favor de la democracia: ""Es uno de los momentos más difíciles de mi vida"; "No puedo acompañar, y esto no significa que esté traicionando a nadie"; "La historia me juzgará"; "Mi corazón dice otra cosa"; y "Mi voto no es positivo" cerrándose de esa manera un conflicto que tuvo a Argentina en el filo de la navaja. Eso no es más que Conciencia. Evo Morales, un indio iletrado que actúo por impulso y hormonas, que no conoce los limites de la realidad y la fantasía, de pronto se le ocurre hacer una ley para quitarle las tierras a los productores y Álvaro se encarga de dar la arenga a sus parlamentarios que no pregunten sino voten por lo que él señale y así concretan lo absurdo en ley, como que el ganador de un referéndum (más del 50%) es el perdedor y el perdedor con menos (del 40%) puede ser el ganador, lo hacen y no se sonrojan, el operador no es un iletrado es un demagogo que tiene formación y eso no es otra cosa que obsecuencia. Julio Cobos no actúa por consigna, por presión, por llamadas, ni por parecer leal, él simplemente hace reverencia a la democracia y eso es Conciencia no con el gobierno, no con los ciudadanos, no con la prensa, sinó con él mismo por que es más importante que uno crea en uno más que lo que los demás, no faltan los serviles asalariados que vomitarán insultos y le gritarán estribillos a su paso, Álvaro García actúa por servilismo, empeña su conciencia para que el populismo le de vivas y su Indio Presidente lo llene de piropos y promesas, lo que lo convierte en un vicepresidente obsecuente. (Un momento lo de indio a Evo es una forma de ponerme en onda con los términos con los que Chávez y Lula se dirigen al Presidente).

Una salida desesperada al Revocatorio

ALTAMENTE RECOMENDADO, POR FAVOR LEER LA SIGUIENTE NOTA, Y SI ALGUIEN PUEDE HACER ALGO AL RESPECTO, LE PIDO QUE LO HAGA
Bolivia atraviesa por una grave crisis política, social, económica y, sobre todo, jurídica, desde el momento en que a gobernantes y gobernados se les ocurrió pisotear la Constitución Política del Estado (CPE), que es la norma fundamental, introduciendo una serie de reformas sin seguir el procedimiento previsto por ese mismo instrumento y alegando como pretexto la importancia y preeminencia de los hechos sociales sobre las normas jurídicas. Fruto del desconocimiento de la Carta Magna fueron las reformas que introdujeron las figuras de la Asamblea Constituyente y el referéndum, actualmente incluidas en el artículo 4 de la CPE.
La CPE vigente es la de 1994, con las reformas introducidas en el 2004, y no puede ni debe ser desconocida hasta que no sea legalmente reemplazada por una nueva. En consecuencia, de la lectura del Art. 228 del texto constitucional se desprende que la CPE es la Ley suprema del ordenamiento jurídico nacional; esto quiere decir que todas las otras leyes, decretos, resoluciones, están por debajo de ella y tienen que guardar compatibilidad con el texto constitucional. No pueden ser contrarias a las normas constitucionales.
El mismo Art. 228 dice a continuación: ´los tribunales, jueces y autoridades aplicarán la Constitución con preferencia a las Leyes y éstas con preferencia a cualesquiera otra resoluciones´. De aquí se desprende que el control constitucional no sólo está a cargo del Tribunal Constitucional, sino también de otros tribunales, jueces y autoridades del Poder Judicial. Esto quiere decir que las cortes y jueces de ese Poder del Estado tienen la facultad de velar por la primacía constitucional.
El Art. 19 de la CPE reconoce como autoridad legitimada para conocer los recursos de amparo constitucional a las cortes superiores de justicia, y señala que se puede acudir en recurso de amparo contra: ´los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidas por esta Constitución y las Leyes´. El Art. 7 reconoce varios derechos humanos como fundamentales de la persona, entre ellos el de emitir libremente sus ideas y opiniones por cualquier medio de difusión, así como el derecho a contar con seguridad jurídica. Por su parte, el Art. 8 establece como deber fundamental el de acatar y cumplir la Constitución y las Leyes de la República.
De manera doctrinal, la ley tiene como características: su generalidad, (es dada para todos los estantes y habitantes de un Estado), su obligatoriedad (debe ser cumplida por todos) y su coercibilidad (la posibilidad de que las autoridades legalmente constituidas puedan hacer uso de la fuerza para exigir su cumplimiento).
El Art. 119 del mismo texto constitucional señala que es el Tribunal Constitucional el que tiene a su cargo ejercitar el control constitucional sobre todas las leyes, decretos y resoluciones no judiciales, pero actualmente no funciona porque hasta la fecha el Congreso no ha nombrado a los magistrados necesarios para su funcionamiento.
Finalmente, el Art. 32 dice: ´Nadie será obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes no manden, ni privarse de lo que ellas no prohíban´.
¿Por qué recordar todos estos conceptos? Porque se hace necesario aplicarlos en estos momentos en que los habitantes del país nos hallamos ante una situación confusa y desesperada. Todos, o una buena mayoría de ciudadanos, estamos conscientes de que las leyes son obligatorias y coercibles y de que se ha promulgado y publicado la Ley 3850 de Referéndum Revocatorio de Mandato Popular, por el que se nos obliga a asistir el 10 de agosto a decidir con nuestro voto si el Presidente, el Vicepresidente y los prefectos se quedan en sus cargos o se van.
Pero, analizamos y preguntamos: ¿La CPE, que es la norma suprema de la nación, reconoce la figura del referéndum para revocar el mandato del Presidente, Vicepresidente y prefectos? Revisamos el texto constitucional y no existe ningún artículo que establezca esta revocatoria.
Esto nos lleva a pensar que la Ley de Referéndum Revocatorio está viciada de inconstitucionalidad, porque atenta lo dispuesto por la CPE, que en su Art. 87 estipula que el mandato del Presidente y Vicepresidente es de cinco años.
La prensa oral y escrita están presentando programas que demuestran alteraciones en el Padrón Electoral, se habla de carnets de identidad duplicados o triplicados, en fin, se hace referencia a una serie de irregularidades en el propio procedimiento electoral. Esto quiere decir que se ha promulgado una Ley de Referéndum Revocatorio que está viciada notoriamente de inconstitucionalidad y que se obliga a la población a cumplirla, o sea que los ciudadanos, estando conscientes de que la ley lleva vicio de ser inconstitucional y conociendo por la prensa de otras irregularidades, tiene la obligación de votar y decidir con su voto algo que no está previsto en la CPE.
Con esto se estaría violando el derecho que los ciudadanos tenemos de emitir libremente nuestras ideas y opiniones (derecho humano fundamental, Art. 7 Inc. b de la CPE); también el Art. 32 del texto constitucional, que indica que ´nadie será obligado a hacer lo que la Constitución y las Leyes no manden´; y, lo más grave, se estaría violando la primacía constitucional, es decir, que la CPE está por encima de las leyes.
En consecuencia, ¿qué le corresponde hacer a los ciudadanos obligados a cumplir con normas viciadas de inconstitucionalidad y que no pueden acudir al Tribunal hacer declarar esa inconstitucionalidad?
Como solución desesperada, acudir a amparos constitucionales ante las cortes superiores por violación de derechos humanos fundamentales: ¿Qué derechos? Libertad de emitir ideas y opiniones, obligación de cumplir una ley cuyo contenido contradice lo dispuesto por la Constitución y violación al derecho del debido proceso, es decir, al derecho que tienen los ciudadanos de contar con tribunales competentes establecidos con anterioridad, para la determinación de sus derechos y obligaciones en cualquier campo´. (Art. 8 del Pacto de San José de Costa Rica).
De prosperar estos amparos constitucionales, se tendría que ordenar al Congreso que deje sin efecto la ley del revocatorio por ser violatoria de derechos humanos de todo un pueblo y, en última instancia, no funcionando el Tribunal Constitucional, se podría acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para denunciar esta situación y pedir su intervención inmediata.
Bolivia tiene como ley a la Convención Interamericana de Derechos Humanos de 1969, llamada también Pacto de San José de Costa Rica.
*Emma Nogales de Santiváñezes docente de la Universidad Católica Boliviana

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