En el principio (perdón, San Juan), el proyecto de Constitución del MAS nos trae un prólogo irremediablemente cursi para su evangelio, un documento que pretende erigir en la ley suprema de Bolivia. Si el buen gusto en el uso del idioma y el respeto a sus reglas fuesen razón suficiente para descartarlo, sería el caso para decir No a ese borrador. Por mal escrito y por cursi.Leamos las primeras líneas del prólogo: “En tiempos inmemoriales se erigieron montañas, se desplazaron ríos, se formaron lagos. Nuestra Amazonia, nuestro Chaco, nuestro altiplano y nuestros llanos y valles se cubrieron de verdores y flores…”. Ocurre que esas primeras palabras llevan al lector, obligado a leer el documento que puede regir su vida por mucho tiempo, a imaginarse un mundo plácido del que surgen montañas armónicamente como en un ballet y no al de la realidad: la de fuerzas tectónicas descomunales en plena acción para formar esas montañas. ¿Y quién dijo a los inspirados redactores que el frío y desolado altiplano era un jardín verde y florido? Así se va la primera página de los 411 artículos. No voy a entrar en la sustancia y sólo vadearé dos artículos de este documento. El art. 1: “Bolivia se constituye en Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”. Uno, que hasta aquí ya agotó el aliento, tiene que volver a respirar profundamente antes de continuar y preparar las turbinas del cerebro porque empiezan los problemas. No sabemos si el Derecho es atributo del Estado unitario o si el Derecho es plurinacional comunitario y un rosario de adjetivos. Si el derecho es del Estado unitario, todo está bien. Si es del plurinacional etc., estamos fritos, porque no sabría decir en cuál de esos derechos yo tengo cabida. La verdad es que como no hay coma alguna en “Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario”, debo suponer que estaré dentro de esta ensalada que nadie, nadie ha explicado comprensiblemente qué es. La redacción es agresivamente confusa y dilatada. Más problemas se vienen en el art. 2.: “Dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígenas originario campesino y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno y a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y a la ley”. Primer problema: no sé cómo han determinado la existencia precolonial (antes de 1492) de todas las naciones cobijadas dentro de lo que llamamos Bolivia. No existe estudio antropológico, que yo conozca, capaz de decirme con certeza los orígenes de los pobladores americanos, mucho menos de los de la Amazonia boliviana. ¿No existe la posibilidad de que algunas de ellas surgiesen de la fusión natural de unas tribus con otras? ¿O es que hay estudios genéticos que les aseguran un linaje propio? Si los hubiere, ¿quién autorizó hacerlos? Luego, ¿qué es ancestral? El término es muy vago para ser incluido categóricamente en un proyecto de Constitución. ¿Y quién asegura que tuvieron ‘dominio’? Sin desmerecer los grandes atributos de los pueblos indígenas, a los redactores de este proyecto les faltó modestia o pecaron de arrogancia y hacen un flaco favor a quienes en apariencia quieren servir.
http://www.eldeber.com.bo/2008/2008-12-15/vernotacolumnistas.php?id=081214231043
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